La Consejería de Educación y Universidades ha establecido los umbrales económicos para quedar exentos del pago del precio público por la realización de la EBAU.
Los requisitos son los siguientes:
1.- No puede acogerse el alumnado que haya obtenido beca del Ministerio de Educación Cultura y Deporte para este curso.
2.- Puede acogerse el alumnado cuyos ingresos de su unidad familiar no superen los siguientes umbrales económicos.
Miembros unidad familiar |
Euros/ año |
1 | 10.527,43 |
2 | 14.738,40 |
3 | 20.633,76 |
4 | 28.887,26 |
Para acreditar estos requisitos el alumnado deberá presentar en la secretaría del centro la siguiente documentación:
a) En caso de tener obligación de declarar certificado tributario del IRPF 2016.
b) en caso de no tener obligación de declarar, certificado de imputación de renta correspondiente al ejercicio 2016, emitido por la AEAT, por cada uno de los miembros de su unidad familiar.
c) En caso extraordinario, cualquiera de las certificaciones anteriores podrá ser sustituida por una declaración responsable, firmada por el interesado, en caso de ser mayor de edad, o en su defecto, por otro miembro de la unidad familiar, que autorice expresamente a la Administración educativa a recabar, en su nombre, los correspondientes certificados.
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